La seguridad ocupacional será una exigencia

May 2, 2012 11:42 by Zona Empleo EDH

Amanda EDH

 

Seguridad ocupacional será una exigenciaLas empresas estarán obligadas a garantizar la protección en concepto de seguridad y salud de los trabajadores frente a los riesgos laborales.

 
A partir del 28 de abril de 2012, las empresas privadas y públicas tendrán la obligación de hacer cumplir la Ley General de Prevención de Riesgo en Los Lugares de Trabajo (LGPRLT), la cual tiene como fin establecer responsabilidades que garanticen un nivel de protección en la seguridad y salud de los trabajadores frente a los riesgos laborales de cada actividad que desarrollan.
Víctor Mejía, director general de previsión social y empleo del Ministerio de Trabajo y Previsión Social (Mintrab) explicó que la Ley fue aprobada en 2010 para que entrará en vigencia un año después, sin embargo sufrió dos prórrogas de seis meses, la primera fue para que los empresarios se alistaran con la entrada de la ley y la segunda, que finaliza este mes, fue por petición del Gobierno en cordinación del sector empleador.
"La ley tuvo dos interrucciones, pero el 28 de abril tendrá que ser respetada y aplica en los centro de trabajo. La ley tiene la visión importante de prevenir riesgos, no buscamos corregir accidentes laborales que ya se han dado sino controlar los presentes", expresó.
Por su parte María Alicia de Hernández, gerente general de Contrataciones Empresariales dijo que "la ley tiene como objetivo establecer el marco básico de cumplimiento en todas las empresas públicas y privadas que garanticen, razonablemente, la eliminación, control y mantenimiento de los riesgos que a causa o por motivo del trabajo están expuestos los trabajadores".
Ambas instituciones han venido trabajando con empresas para que inicien el proceso de implementación de la ley antes del 28 de abril. "El ministerio estuvo en ese proceso de sensibilización a través de charlas y capacitaciones a empresarios desde hace cinco meses", declaró Mejía.
De Hernández aseguró que del 99% de los clientes de Contrataciones Empresariales ya llevan un 80% del proceso de elaboración de sus programas de gestión.
 
¿Qué contempla la ley?
 
En el artículo 3 del capítulo I de la Ley General de Prevención de Riesgo en los Lugares de Trabajo explica cómo las empresas deben aplicar la legislación:
 
1. Todo riesgo siempre deberá ser prevenido y controlado preferentemente en la fuente y en el ambiente de trabajo, a través de medios técnicos de protección colectiva, mediante procedimientos eficaces de organización del trabajo y la utilización del equipo de protección personal.
 
2. Adecuar el lugar de trabajo a la persona, en particular en lo que respecta a la concepción de los puestos de trabajo, así como la elección de los equipos y los métodos de trabajo y de producción, con miras en particular a atenuar el trabajo monótono y repetitivo, y a reducir los efectos del mismo en la salud.
 
3. Sustituir lo peligroso por lo que entrañe poco o ningún peligro.
 
4. Planificar la prevención, buscando un conjunto coherente que integre en ella la técnica de cada tipo de trabajo, la organización y las condiciones de trabajo, las relaciones sociales y la influencia de los factores ambientales en el mismo.
  
5. Se prohíbe toda forma de discriminación directa o indirecta en la implementación de las políticas y programas de protección de la salud y la seguridad ocupacional.
 
6. Se garantiza el respeto a la dignidad inherente a las personas, y el derecho a un ambiente laboral libre de violencia en todas sus manifestaciones.
 
7. Todo trabajador y trabajadora tendrá derecho a la igualdad efectiva de oportunidades y de trato en el desempeño de su trabajo, sin ser objeto de discriminación y en la medida de lo posible, sin conflicto entre sus responsabilidades familiares y profesionales, esto incluye, entre otros aspectos, tomar en cuenta sus necesidades en lo que concierne a su participación en los organismos que se crean para la aplicación de la presente ley.
 
Hoy el reto es que su empresa cumpla con la normativa y proteja a sus empleados.
 
Ley obliga la formación de comités de seguridad y salud ocupacional
 
Víctor Mejía, director general de previsión social y empleo del Ministerio de Trabajo (Mintrab) aseguró que a la fecha tienen más de 2,500 comités formados en los diferentes centros de trabajo para que funcionen como tal.
 
"Las empresas que tengan más de 15 empleados, están obligadas a formar un comité, por eso el ministerio a realizados capacitaciones específicas para que conozcan la importancia y la formen", dijo.
Explicó que los comités tendrán que contar con delegados de prevención que tienen como función:
 
1. Colaborar con la empresa en las acciones preventivas.
2. Promover y fomentar la cooperación de los trabajadores en la aplicación de las normas sobre prevención de riesgos laborales.
3. Ejercer una labor de vigilancia y control sobre el cumplimiento de la normativa en materia de prevención de riesgos laborales, mediante visitas periódicas.
4. Acompañar a los técnicos e inspectores del Ministerio de Trabajo y Previsión Social en las inspecciones de carácter preventivo.
5.  Proponer al empleador la adopción de medidas de carácter preventivo para mejorar los niveles de protección de la seguridad y salud de los trabajadores.
 
Mintrab registrará accidentes laborales
 
En la página web del Ministerio de Trabajo y Previsión Social han incluido el Sistema Nacional de Notificaciones de Accidentes de Trabajo (SNNAT), que podrán utilizar los empleadores desde la comodidad de su oficina. Al dar clic al icono que aparece al lado izquierdo de "reporta accidentes de trabajo", las instituciones podrán informar en cuál área de la empresa sucedió el accidente y el tipo de lesión, entre otras cosas.
"Si un propietario está en la disposición de incluir la información de un accidente, se le facilitará una clave de ingreso para el sistema, de esta forma abonará a los datos estadísticos que serán sujetos análisis  para tomar la prevención correspondientes con los comités", resaltó el director Mejía.
Años atrás y hasta la fecha, el Instituto Salvadoreño del Seguro Social (ISSS) es quien se ha encargado de llevar las cifras de accidentes laborales.
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Categories: Consejos laborales

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